Guardia Civil: Plazo abierto convocatoria 2019.

 

Ha sido publicada el BOE de 15/05/2019 la Resolución 160/38128/2019, de 10 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

 

Número de plazas 2.210

Distribuidas de la siguiente forma:
a) 884 plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven como mínimo cinco años de servicios efectivos como tales y que no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.
b) 175 plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.
c) 1.151 plazas libres.

* Las plazas reservadas para militares profesionales de tropa y marinería y alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en los párrafos anteriores, que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.

 

Atención. Cambios en los requisitos.

Esta convocatoria 2019 incluye una serie de cambios que afectarán a los aspirantes, donde las principales novedades con respecto a otros años son:

– Altura mínima: Se recoge la disminución de la talla en 155 para mujeres y 160 para hombres. (en conformidad con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de octubre de 2017)

– Se añaden nuevos requisito de agudeza visual.

– Queda descartada la tartamudez como causa de exclusión.

– Aún no se ha notificado nada respecto a la titulación mínima, manteniéndose hasta ahora el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

 

Requisitos específicos que deben reunir los aspirantes

1. Poseer la nacionalidad española.

2. No estar privado de los derechos civiles.

3. Carecer de antecedentes penales.

4. No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.

5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

6. Tener cumplidos dieciocho (18) años en el año 2019. A estos efectos se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el año 2019, aunque su incorporación a la escala quedará supeditada a tener cumplida esa edad.

7. No superar durante el año 2019 la edad de cuarenta (40) años. Entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2019 la edad de 41 años.

8. Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios. Será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.

9. Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español:

a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
b) Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
c) Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
d) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
e) Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

10. No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.

11. No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.

12. No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso. En aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

13. Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas. Conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.

14. Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

15. Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme. Que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso.

Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil conforme a la Orden General n.º 12, de 28 de diciembre de 2009, Uniformidad en el Cuerpo de la Guardia Civil («Boletín Oficial de la Guardia Civil» n.º 1, de 12 de enero de 2010).

 

Solicitudes

• Plazo hasta el 5 de junio (15 días hábiles)

• Procedimiento de inscripción:

La solicitud de admisión a este proceso se realizará por vía electrónica. A través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https:// sede.guardiacivil.gob.es/): seleccionando el procedimiento de «Solicitud de Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias» en la modalidad que corresponda según el pago de tasas (sin reducción, con bonificación o exención).

Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente).

• Tasas: 11,43 € Ver exenciones

 

Temario de la oposición

Según la Orden PCI/155/2019 se han anunciado cambios en el programa, pero no será hasta la convocatoria 2020 cuando se apliquen.
En esta convocatoria 2019, el programa de temas seguirá siendo el mismo que en 2018.

Así se puede extraer de la información publicada en la web oficial de la Guardia Civil, sobre el proceso selectivo del año 2019, en Nota Explicativa

Pruebas

La fase de oposición costará de las siguientes pruebas:
a) Ortografía.
b) Conocimientos.
c) Lengua extranjera.
d) Psicotécnica.
e) Aptitud psicofísica, que a su vez se dividirá en: Prueba de aptitud física. Entrevista personal. Reconocimiento médico.

Cambios en las exclusiones médicas
Se ha se han realizado adaptaciones en base a lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo deMinistros del 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

Por lo que enfermedades o problemas médicos como el VIH, diabetes, psoriasis y celiaquía no serán a priori motivos de exclusión. Pasando a ser patologías que deberán ser valoradas por el tribunal médico adaptándola a la evidencia científica en el momento de la convocatoria y comprobando que no suponen impedimento para el normal desempeño de las funciones correspondientes al puesto.

 

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